viernes, 6 de noviembre de 2015

Aprobada la segunda convocatoria de las ayudas al pago del IBI 2015 de Alcalá de Guadaíra

El Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra en su compromiso de mantener en este las ayudas sociales a los propietarios de viviendas destinadas a compensar el importe del IBI, iniciará en breve las ayudas correspondientes a 2015.

A diferencia de la anterior convocatoria, y para una mayor agilización y facilidad a los vecinos de Alcalá, el Consistorio hace llegar estos días una carta con la solicitud ya rellena a las viviendas cuyo valor catastral sea igual o menor de 45.000 euros. De esta forma, los propietarios de dichas viviendas sólo deberán hacer entrega de esta solicitud dirigiéndose preferentemente al Centro de Servicios Sociales (de lunes a viernes de 9.00 a 13.00 horas) o al Centro Social Polivalente Distrito Norte, así como a otros registros municipales.

Para las demás viviendas, el plazo para la presentación de solicitudes está abierto hasta el próximo 3 de diciembre, por lo que los interesados deberán recoger y presentar dicha solicitud en la oficina habilitada para tal fin en el Centro de Servicios Sociales (Calle Telmo Maqueda s/n), pudiéndose entregar el impreso relleno en los centros anteriormente mencionados.

Como ya ocurriera en la convocatoria de 2014, las subvenciones que se concederán a los propietarios de una vivienda habitual serán de 60 y 90 euros, suponiendo en muchos de los casos el 50% de la cuota de este impuesto. Además de la situación y la renta de las familias, estas ayudas al pago del IBI se estructuran también en función del valor catastral de la vivienda.

Así, tendrán derecho a la ayuda de 90 euros todas las personas cuya vivienda no tenga un valor catastral superior a los 45.000 euros, contabilizándose así un total de 5.865 viviendas que cumplen esta condición. Esta misma cantidad se concederá a personas cuya vivienda habitual tenga un valor catastral inferior a 68.441 euros, se encuentren dentro del grupo de familias desfavorecidas y su renta no supere un determinado umbral, que en caso de familia de 2 miembros se estima en 22.594 euros anuales y en el de familia de 4 miembros en 36.421 euros. Dentro de esta opción se encuentran la mitad de viviendas de la localidad.

Por su parte, las ayudas de 60 euros están previstas para aquellas personas cuya vivienda habitual tenga un valor catastral inferior a 76.000 euros y mayor a 68.441 y no superen los umbrales de renta de su situación familia; así como los propietarios de vivienda habitual con valor catastral superior a 76.000 euros pero con unos muy bajos recursos económicos, de forma que una familia de 2 miembros gane 806 € mensuales y una de 4 miembros 1.300 € mensuales.


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